Buscador
Terreno en Venta U$S 23.900
ID 429067
LOTE TERRENO BALDÍO FARO - COLOMBRES 3500
Compartir
Street View

Descripción del Inmueble

EXCELENTE LOTE BALDIO - Ideal construcción de vivienda permanente o temporal 10 x 43 mts.

Detalle del Inmueble

  • Zona: Faro
  • Tipo de Operación: Venta
  • Superficie Total: 430 m2
  • Dirección Aprox.: Colombres 3500
  • Valor: U$S 23.900
  • Frente: 10 m2
  • Fondo: 43,3 m2
  • Tipo: Residencial
  • Ultima Actualizacion: 30/11/2023

Contáctenos

Business Manager Propiedades
Dirección:
Teléfono: +542235353456
Celular: +542235353456
cargando
Enviando

Su consulta ha sido enviada

Contáctenos

LLamar WhatsApp
cargando
Enviando

Su consulta ha sido enviada
Nos comunicaremos en la brevedad


Propiedades Similares

Venta

Terreno en Mar del Plata

[Código 432538]
CASTELLI 1400
  • 234 m2
  • 170 m2

CHALET - IDEAL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL O CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO En pleno Centro Comercial Guemes - Pta. Baja: Living Comedor - Cocina comedor - 2 Dormitorios - 2 Baños - Garaje Pta. Alta 2 Dormitorios Jardín - SE ESCUCHAN PROPUESTAS !!! PROPIEDAD EN PARTE DE PAGO - SOLO VIVIENDA DE ALVEAR A MENDOZA Y DE RAWSON A 1° JUNTA

U$S 240.000
Venta

Terreno en El Sosiego

[Código 429068]
49PX+2X Camet
  • 4426 m2

EXCELENTE fRACCCION DE TERRENO - Importante arboleda Frutales - y gran variedad de árboles ornamentales IDEAL QUINTA - CASA DE RETIRO - Emprendimiento familiar !! VENTA URGENTE !!!

U$S 49.000
Venta

Terreno en Mar del Plata

[Código 429715]
Av. Félix U. Camet 898
  • 578 m2

6.6.3 DISTRITO RESIDENCIAL R3 INDICADORES BÁSICOS: - F.O.S. máximo sobre cota de parcela: 0.6 - F.O.T. máximo uso residencial: 1.5 - F.O.T. máximo otros usos: 1 - Densidad poblacional neta máxima: 600 hab/Ha.(0.060 hab/m2).- - Incremento del F.O.T. y Densidad: de acuerdo a estímulos previstos, máximo 70% ESPACIO URBANO: Deberá atenerse a las disposiciones de franja perimetral edificable y centro libre de manzana de acuerdo al gráfico correspondiente. El centro libre de manzana podrá ser utilizado bajo cota de parcela. El retiro de frente deberá ser parquizado a excepción de los accesos peatonales, vehiculares o sendas de vinculación entre ambos. USOS PERMITIDOS: Además del uso residencial se permiten los usos indicados en los cuadros del Capítulo 5.- TIPOLOGÍA EDILICIA: Se permiten, sin condición del ancho del frente parcelario, edificios entre medianeras, de semiperímetro libre y de perímetro libre.- DISPOSICIONES PARTICULARES: a) EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: planta baja y 6 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente. Retiro de frente obligatorio: mínimo 3.00 m.- b) EDIFICIOS DE SEMIPERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: planta baja y 6 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.- Retiro de frente obligatorio: mínimo 3.00 m.- Retiro lateral obligatorio: mínimo 4.15 m a eje divisorio. c) EDIFICIOS DE PERÍMETRO LIBRE Tejido: cumplirá con las disposiciones generales del Capítulo 3.- Plano Límite: planta baja y 8 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente.- Retiro de frente obligatorio: mínimo 3.00m.- Retiro lateral obligatorio: mínimo 4.15 m. a ejes divisorios. 6.6.3.1 CASOS ESPECIALES a) Los predios frentistas al Boulevard Marítimo observarán un retiro de frente mínimo de cinco metros (5.00m), rigiendo para todas las tipologías.- b) Cota de parcela: corresponderá a la cota de mayor altura referida al cordón de vereda, trasladada a la línea municipal de la parcela involucrada.- f) Las parcelas comprendidas en el sector delimitado por las calles: Avda. Constitución (excepto parcelas frentistas), Patagones, Acevedo, Libres del Sud, Alice, Pasteur, Mansilla, Pedraza, Ferre, Chubut, Alvarez Condarco, López y Planes, Cura Brochero, Avda. Carlos Tejedor, Calle N° 143 y Avda. Félix U.Camet hasta Avda. Constitución, observarán un plano límite particularizado de planta baja y 6 pisos superiores frente a calle y a avenida, o de acuerdo al perfil de la medianera existente (ver gráficos). - g) La fijación de plano límite particularizado según lo normado en el presente artículo, no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones particulares.- h) En el sector delimitado en el inciso f), se requerirá, para aquellos emprendimientos que superen la densidad poblacional neta máxima de 300 hab./Ha., la presentación de las factibilidades de los servicios infraestructurales de agua y cloaca, extendidas por Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado. Dicho requerimiento será exigible aún cuando la/s parcela/s se encuentren dentro del radio servido de agua y cloaca por el citado organismo.-

U$S 800.000

Síguenos

Email Llamar WhatsApp